La AUC había denunciado ante Autocontrol, asociación que reúne a anunciantes, agencias y medios de comunicación y que se encarga de gestionar el sistema de autorregulación publicitario español, un anuncio de la agencia de contactos Ashley Madison en la que podía verse la imagen de la Reina Sofía abrazada a un joven, bajo un eslogan con la frase ‘ya no tienes porqué pasar la noche sola’.

En su resolución, el Jurado de Autocontrol señala que la publicidad objeto de la reclamación “pretende explotar ilegítimamente como argumento publicitario una circunstancia que pertenece absoluta e íntegramente al ámbito de la privacidad personal, y cuya explotación publicitaria lesiona el honor y la dignidad de la persona afectada”.

Asimismo, el Jurado recuerda que el Código de Conducta Publicitaria establece que la publicidad ha de respetar necesariamente los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen. En este sentido, la Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil, del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, considera intromisión ilegítima la utilización sin consentimiento expreso del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga.

Aunque la resolución de Autocontrol no tiene efecto vinculante para Ashley Madison, ya que no es socia de ese organismo, el jurado recuerda “la reconocida fuerza moral de que gozan sus resoluciones debido al “acreditado prestigio” de los miembros que lo integran.

Fuente: eleconomista.es





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